Fuente primaria
Definición de fe del Concilio de Calcedonia (451)
Concilio de Calcedonia (cuarto concilio ecuménico) · 451
La Definición de Calcedonia es el texto que fija la cristología oficial del cristianismo imperial y, con ello, la línea divisoria entre las iglesias calcedonias (de las que descienden el catolicismo y la ortodoxia oriental) y las ortodoxias orientales o iglesias miafisitas (copta, siríaca, armenia, etíope). Se conserva en las actas del concilio y se cita habitualmente por la edición de Eduard Schwartz (Acta Conciliorum Oecumenicorum) o, en inglés, por Price y Gaddis, The Acts of the Council of Chalcedon (Liverpool University Press, 2005).
Nota de uso en el proyecto
El horos o definición dogmática aprobada por el concilio reunido en Calcedonia (junto a Constantinopla) en 451, convocado por el emperador Marciano. Afirma que Cristo es 'reconocido en dos naturalezas, sin confusión, sin cambio, sin división, sin separación', una sola persona (hipóstasis). Las iglesias que rechazaron esta fórmula —por sostener 'una naturaleza unida', miafisita— se separaron de las que la aceptaron.